martes, 26 de enero de 2016

Nuevas medidas de EEUU facilitan créditos a Cuba para productos autorizados; del dólar no se habla


Nuevas medidas de EEUU facilitan créditos a Cuba para productos autorizados; del dólar no se habla


cubadebate blancoLas nuevas regulaciones anunciadas hoy por Estados Unidos eliminan la condición de hacer pagos por adelantado y al contado para la exportación a Cuba de productos no agrícolas, pero mantienen restricciones en el uso del dólar, lo que no deja claro cómo podrían ejecutarse tales créditos a la Isla
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La normativa entrará en vigor este miércoles e impacta en el régimen de exportación y viajes aéreos autorizados por el Gobierno de EEUU a Cuba. Es la tercera que Washington pone en vigor desde el anuncio del inicio del proceso para la normalización de relaciones entre los dos países, el 17 de diciembre del 2014.
Entre las medidas más notables están el permiso para el otorgamiento de créditos a Cuba, país que podrá adquirir los productos que ya están autorizados, y el reconocimiento de la empresa estatal como actor comercial, aunque limitada a determinados servicios, incluido el arrendamiento de aviones, según especifica la nota de los Departamentos del Tesoro y de Comercio.
La decisión de hoy confirma lo que ha advertido el gobierno cubano desde el primer anuncio de Obama el 17 de diciembre de 2014: el Presidente puede hacer más porque tiene prerrogativas que aún no ha utilizado, y que impedirían retroceder en la política, tal y como él ha anunciado.

Sin embargo, la normativa no se pronuncia por el uso del dólar para Cuba, circunstancia que históricamente ha generado operaciones muy costosas a quien tenga que pagar por las transacciones permitidas, tanto en la Isla como en EEUU, y obliga a ejecutar los pagos en una tercera moneda. Tampoco libera completamente a importantes sectores de la economía en EEUU de las restricciones ya establecidas previamente, como sí lo hizo la administración de Barack Obama para las telecomunicaciones, donde se permite compra, venta, inversión, compañías mixtas, etc.

El anuncio, en la práctica, se concentra en las exportaciones de EEUU, pero no reconoce las importaciones desde Cuba, salvo algunos renglones que produce el sector privado, minoritario en la Isla. En este sentido se reafirma lo establecido en el primer paquete de medidas anunciadas por el Presidente tras el 17D.

También, se mantienen las restricciones para los viajes pueblo a pueblo, que solo pueden hacerse por grupos con un programa previamente acordado e incluye un representante de la organización que gestiona esas visitas y pueda dar fe de que no se han producido “violaciones” a la ley -en el argot cubano, un chaperón.
El paquete enfatiza, además, que las medidas exclusivamente “ayudarán al pueblo de Cuba”, en sintonía con la retórica gubernamental estadounidense, que advierte que el cambio con respecto a las intenciones de las administraciones anteriores es solamente táctico, como dijo en La Habana la subsecretaria Roberta Jacobson.

En línea con esta estrategia, la Secretaria de Comercio, Penny Pritzker aseguró que “estos cambios regulatorios facilitarán las exportaciones que ayudarán a fortalecer la sociedad civil en Cuba (sector privado) y mejorar las comunicaciones desde y entre los cubanos”.

Mientras, el secretario del Tesoro, Jack Lew, comentó que la intención de estas medidas es “facilitar el libre flujo de información entre los cubanos y estadounidenses, y seguiremos tomando los pasos necesarios para ayudar al pueblo cubano a lograr la libertad política y económica que merece”. El portavoz del Consejo de Seguridad Nacional (NSC), Ned Price, dejó en claro que “EEUU está poniendo de su parte para eliminar los impedimentos al pueblo cubano”.

Transacciones financieras y exportaciones

En concreto, la disposición conjunta de los Departamentos de Tesoro y Comercio autoriza a los bancos comerciales de Estados Unidos (“instituciones depositarias”, localizadas en EEUU, de EEUU en terceros países y de terceros países en EEUU) a proveer financiamiento –incluidas las carta de crédito- para las exportaciones autorizadas, excepto las ventas agrícolas, que deberán seguir siendo pagadas por adelantado, como dispone la legislación del bloqueo a la Isla.

También, permite los viajes relacionados con las exportaciones autorizadas, que incluyen aquellos para la investigación de mercado, marketing comercial, negociación de contrato y venta, carga acompañada, instalación, arrendamiento o el ofrecimiento de servicios en Cuba relacionados con los productos autorizados para la exportación.

La normativa establece una política general de aprobación de licencias para:
• Exportaciones de bienes y programas informáticos para organizaciones de derechos humanos, individuos y organizaciones no gubernamentales que promuevan la actividad “independiente” en Cuba;
• Exportaciones de equipos de telecomunicaciones que mejoren las comunicaciones hacia, desde y entre el pueblo cubano;
• Exportaciones y reexportaciones de algunos equipos agrícolas, no elegibles para la excepción de licencia de bienes agrícolas, como los insecticidas, pesticidas y herbicidas (que no estaban codificados bajo el bloqueo);
• Exportaciones de equipos necesarios para la seguridad de la aviación civil y la seguridad operacional de vuelos comerciales internacionales, incluido para aviones arrendados a empresas de propiedad estatal, lo cual es congruente con el acuerdo de la Aviación Civil que está aprobado de manera preliminar.
EEUU permitirá exportar a Cuba, bajo licencia específica, productos “analizados caso a caso”, “incluido aquellos para satisfacer las necesidades del pueblo cubano”, incluidos aquellos comprados por empresas estatales, organismos y organizaciones del gobierno cubano que proporcionan bienes y servicios al pueblo cubano. Incluye productos para:

• Producción agrícola
• Productos artístico (incluye creación de obras públicas, obras de preservación histórico-cultural)
• Educación
• Procesamiento de alimentos
• Preparación para desastres, auxilio y respuesta
• Salud y sanidad pública
• Construcción y renovación de viviendas residenciales
• Transporte público
• Construcción de infraestructura que beneficia directamente al pueblo cubano (por ejemplo, instalaciones para el tratamiento de los suministros públicos de agua y el suministro de energía para el público general).

Las medidas incluyen también una política general de denegación de estos productos para el uso de empresas estatales, agencias y otras organizaciones del gobierno cubano que generen ingresos para el Estado, incluido la industria del turismo y los vinculados a la extracción y producción de minerales y otras materias primas, así como para los militares, la policía y los órganos de inteligencia del país.

Disposiciones para los viajes a la Isla

El paquete de medidas anunciados también expresa la intención de facilitar la transportación aérea, además del alquiler de aviones, para fines ya autorizados en disposiciones anteriores del gobierno estadounidense.

Afirma que se autoriza la entrada al espacio bloqueado, que es la reservación sujeta generalmente a depósito que se hace con abastecedores o mayoristas en forma anticipada a la reventa. También, el código compartido y los acuerdos de arrendamiento para facilitar los servicios de transportación aérea, incluido el establecimiento de estos acuerdos con nacionales cubanos, decisión congruente con los acuerdos para facilitar los viajes de este tipo que ya habían negociado los dos países.

También, permite al personal que opera o brinda servicios en las embarcaciones y aeronaves a realizar transacciones relacionadas con los viajes a Cuba y otras para facilitar la estancia temporal de aviones y embarcaciones autorizados por el Departamento de Comercio para transportar viajeros entre Cuba y EEUU.

Bajo una política general de aprobación de licencias la Oficina de Control de Activos Fijos (OFAC), ya se puede exportar a Cuba o hacer viajes vinculados a medios profesionales o producciones artísticas de información o materiales informativos para la exportación, importación, transmisión, incluido la grabación o la producción de medios de comunicación (como películas y programas de televisión), grabaciones de música, y la creación de obras de arte en Cuba por parte de personas que se empleen habitualmente o con experiencia profesional en los medios profesionales o producciones artísticas.

La normativa permite pagar en virtud de contratos para la creación, difusión o la modificación o mejora de los materiales informativos, incluyendo el empleo de nacionales cubanos y el envío de las regalías o pagos. Facilita además viajes para organizar reuniones y conferencias profesionales en Cuba (la antigua licencia general solo incluía la asistencia a eventos).

Finalmente, en cuanto a viajes, se permiten aquellos relacionados con las competencias semi-profesionales y amateur de la Federación Internacional de Deportes, incluidas las transacciones para estos fines, y sus respetivos espectáculos públicos, clínicas, talleres y otros competencias atléticas y no atléticas, así como las exhibiciones en Cuba.

OFAC también elimina el requisito de que las ganancias obtenidas en ciertos eventos deben ser donados a organizaciones específicas y que los viajeros estadounidenses están obligados a participar en esos eventos.
En cuanto a proyectos humanitarios, se ampliará la lista de este tipo autorizados, y ahora se añade la preparación y respuesta ante desastres.

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