El Consejo de Estado de la República de Cuba, en ocasión de la visita de
Su Santidad, el Papa Francisco, y al igual que aconteció cuando nos
visitaron los Sumos Pontífices Juan Pablo II y Benedicto XVI, acordó
indultar a 3 522 sancionados, teniendo en cuenta la naturaleza de los
hechos por los que fueron penados, su comportamiento en prisión, el
tiempo de cumplimiento de la sanción y razones de salud, informó el diario Granma.
Entre los indultados destacan personas con más de 60 años de edad, jóvenes menores de 20 años sin antecedentes penales, enfermos crónicos, mujeres, varios que arribaban al término establecido para la libertad condicional en el año 2016, y una parte de quienes cumplen la pena y laboran en condiciones abiertas, así como extranjeros, siempre que el país de origen garantice su repatriación.
Salvo contadas excepciones por razones humanitarias, no se incluyeron sancionados por delitos de Asesinato, Homicidio, Violación, Pederastia con Violencia, Corrupción de Menores, Hurto y Sacrificio Ilegal de Ganado Mayor, Tráfico de Drogas, Robo con Violencia e Intimidación en las Personas en sus modalidades agravadas, ni aquellos por delitos contra la Seguridad del Estado.
Esta decisión se hará efectiva en el término de 72 horas. En el caso de los extranjeros, el Ministerio de Relaciones Exteriores coordinará con las representaciones diplomáticas acreditadas en Cuba de aquellos países cuyos ciudadanos resultaron beneficiados del indulto, las medidas que deberán adoptarse para la salida definitiva de estos.
El Ministerio del Interior coordinará con los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud Pública, y con los respectivos consejos de la administración provinciales del Poder Popular y del Municipio Especial Isla de la Juventud las acciones necesarias para la reinserción social y la atención médica de los indultados que lo requieran.
Entre los indultados destacan personas con más de 60 años de edad, jóvenes menores de 20 años sin antecedentes penales, enfermos crónicos, mujeres, varios que arribaban al término establecido para la libertad condicional en el año 2016, y una parte de quienes cumplen la pena y laboran en condiciones abiertas, así como extranjeros, siempre que el país de origen garantice su repatriación.
Salvo contadas excepciones por razones humanitarias, no se incluyeron sancionados por delitos de Asesinato, Homicidio, Violación, Pederastia con Violencia, Corrupción de Menores, Hurto y Sacrificio Ilegal de Ganado Mayor, Tráfico de Drogas, Robo con Violencia e Intimidación en las Personas en sus modalidades agravadas, ni aquellos por delitos contra la Seguridad del Estado.
Esta decisión se hará efectiva en el término de 72 horas. En el caso de los extranjeros, el Ministerio de Relaciones Exteriores coordinará con las representaciones diplomáticas acreditadas en Cuba de aquellos países cuyos ciudadanos resultaron beneficiados del indulto, las medidas que deberán adoptarse para la salida definitiva de estos.
El Ministerio del Interior coordinará con los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud Pública, y con los respectivos consejos de la administración provinciales del Poder Popular y del Municipio Especial Isla de la Juventud las acciones necesarias para la reinserción social y la atención médica de los indultados que lo requieran.
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