Nuevas medidas de EEUU facilitan créditos a Cuba para productos autorizados; del dólar no se habla
Por:
Rosa Miriam Elizalde
Las nuevas regulaciones anunciadas hoy
por Estados Unidos eliminan la condición de hacer pagos por adelantado y
al contado para la exportación a Cuba de productos no agrícolas, pero
mantienen restricciones en el uso del dólar, lo que no deja claro cómo
podrían ejecutarse tales créditos a la Isla
.
La normativa entrará en vigor este miércoles e impacta en el régimen
de exportación y viajes aéreos autorizados por el Gobierno de EEUU a
Cuba. Es la tercera que Washington pone en vigor desde el anuncio del
inicio del proceso para la normalización de relaciones entre los dos
países, el 17 de diciembre del 2014.
Entre las medidas más notables están el permiso para el
otorgamiento de créditos a Cuba, país que podrá adquirir los productos
que ya están autorizados, y el reconocimiento de la empresa estatal como
actor comercial, aunque limitada a determinados servicios, incluido el
arrendamiento de aviones, según especifica la nota de los Departamentos del Tesoro y de Comercio.
Commerce and Treasury Announce Further Amendments to the Cuba Sanctions Regulations.
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La decisión de hoy confirma lo que ha advertido el gobierno cubano
desde el primer anuncio de Obama el 17 de diciembre de 2014: el
Presidente puede hacer más porque tiene prerrogativas que aún no ha
utilizado, y que impedirían retroceder en la política, tal y como él ha
anunciado.
Sin embargo, la normativa no se pronuncia por el uso del dólar para
Cuba, circunstancia que históricamente ha generado operaciones muy
costosas a quien tenga que pagar por las transacciones permitidas, tanto
en la Isla como en EEUU, y obliga a ejecutar los pagos en una tercera
moneda. Tampoco libera completamente a importantes sectores de la
economía en EEUU de las restricciones ya establecidas previamente, como
sí lo hizo la administración de Barack Obama para las
telecomunicaciones, donde se permite compra, venta, inversión, compañías
mixtas, etc.
El anuncio, en la práctica, se concentra en las exportaciones
de EEUU, pero no reconoce las importaciones desde Cuba, salvo algunos
renglones que produce el sector privado, minoritario en la Isla. En este sentido se reafirma lo establecido en el primer paquete de medidas anunciadas por el Presidente tras el 17D.
También, se mantienen las restricciones para los viajes pueblo a
pueblo, que solo pueden hacerse por grupos con un programa previamente
acordado e incluye un representante de la organización que gestiona esas
visitas y pueda dar fe de que no se han producido “violaciones” a la
ley -en el argot cubano, un chaperón.
El paquete enfatiza, además, que las medidas exclusivamente “ayudarán
al pueblo de Cuba”, en sintonía con la retórica gubernamental
estadounidense, que advierte que el cambio con respecto a las
intenciones de las administraciones anteriores es solamente táctico,
como dijo en La Habana la subsecretaria Roberta Jacobson.
En línea con esta estrategia, la Secretaria de Comercio, Penny
Pritzker aseguró que “estos cambios regulatorios facilitarán las
exportaciones que ayudarán a fortalecer la sociedad civil en Cuba
(sector privado) y mejorar las comunicaciones desde y entre los
cubanos”.
Mientras, el secretario del Tesoro, Jack Lew, comentó que la
intención de estas medidas es “facilitar el libre flujo de información
entre los cubanos y estadounidenses, y seguiremos tomando los pasos
necesarios para ayudar al pueblo cubano a lograr la libertad política y
económica que merece”. El portavoz del Consejo de Seguridad Nacional
(NSC), Ned Price, dejó en claro que “EEUU está poniendo de su parte para
eliminar los impedimentos al pueblo cubano”.
Transacciones financieras y exportaciones
En concreto, la disposición conjunta de los Departamentos de Tesoro y Comercio
autoriza a los bancos comerciales de Estados Unidos (“instituciones
depositarias”, localizadas en EEUU, de EEUU en terceros países y de
terceros países en EEUU) a proveer financiamiento –incluidas las carta
de crédito- para las exportaciones autorizadas, excepto las
ventas agrícolas, que deberán seguir siendo pagadas por adelantado, como
dispone la legislación del bloqueo a la Isla.
También, permite los viajes relacionados con las exportaciones autorizadas,
que incluyen aquellos para la investigación de mercado, marketing
comercial, negociación de contrato y venta, carga acompañada,
instalación, arrendamiento o el ofrecimiento de servicios en Cuba
relacionados con los productos autorizados para la exportación.
La normativa establece una política general de aprobación de licencias para:
• Exportaciones de bienes y programas
informáticos para organizaciones de derechos humanos, individuos y
organizaciones no gubernamentales que promuevan la actividad
“independiente” en Cuba;
• Exportaciones de equipos de telecomunicaciones que mejoren las comunicaciones hacia, desde y entre el pueblo cubano;
• Exportaciones y reexportaciones de algunos equipos agrícolas, no elegibles para la excepción de licencia de bienes agrícolas, como los insecticidas, pesticidas y herbicidas (que no estaban codificados bajo el bloqueo);
• Exportaciones de equipos necesarios para la seguridad de la aviación civil y la seguridad operacional de vuelos comerciales internacionales, incluido para aviones arrendados a empresas de propiedad estatal, lo cual es congruente con el acuerdo de la Aviación Civil que está aprobado de manera preliminar.
• Exportaciones de equipos de telecomunicaciones que mejoren las comunicaciones hacia, desde y entre el pueblo cubano;
• Exportaciones y reexportaciones de algunos equipos agrícolas, no elegibles para la excepción de licencia de bienes agrícolas, como los insecticidas, pesticidas y herbicidas (que no estaban codificados bajo el bloqueo);
• Exportaciones de equipos necesarios para la seguridad de la aviación civil y la seguridad operacional de vuelos comerciales internacionales, incluido para aviones arrendados a empresas de propiedad estatal, lo cual es congruente con el acuerdo de la Aviación Civil que está aprobado de manera preliminar.
EEUU permitirá exportar a Cuba, bajo licencia específica, productos “analizados caso a caso”,
“incluido aquellos para satisfacer las necesidades del pueblo cubano”,
incluidos aquellos comprados por empresas estatales, organismos y
organizaciones del gobierno cubano que proporcionan bienes y servicios
al pueblo cubano. Incluye productos para:
• Producción agrícola
• Productos artístico (incluye creación de obras públicas, obras de preservación histórico-cultural)
• Educación
• Procesamiento de alimentos
• Preparación para desastres, auxilio y respuesta
• Salud y sanidad pública
• Construcción y renovación de viviendas residenciales
• Transporte público
• Construcción de infraestructura que beneficia directamente al pueblo cubano (por ejemplo, instalaciones para el tratamiento de los suministros públicos de agua y el suministro de energía para el público general).
• Productos artístico (incluye creación de obras públicas, obras de preservación histórico-cultural)
• Educación
• Procesamiento de alimentos
• Preparación para desastres, auxilio y respuesta
• Salud y sanidad pública
• Construcción y renovación de viviendas residenciales
• Transporte público
• Construcción de infraestructura que beneficia directamente al pueblo cubano (por ejemplo, instalaciones para el tratamiento de los suministros públicos de agua y el suministro de energía para el público general).
Las medidas incluyen también una política general de
denegación de estos productos para el uso de empresas estatales,
agencias y otras organizaciones del gobierno cubano que generen ingresos
para el Estado, incluido la industria del turismo y los
vinculados a la extracción y producción de minerales y otras materias
primas, así como para los militares, la policía y los órganos de
inteligencia del país.
Disposiciones para los viajes a la Isla
El paquete de medidas anunciados también expresa la intención de facilitar la transportación aérea, además del alquiler de aviones, para fines ya autorizados en disposiciones anteriores del gobierno estadounidense.
Afirma que se autoriza la entrada al espacio bloqueado, que es
la reservación sujeta generalmente a depósito que se hace con
abastecedores o mayoristas en forma anticipada a la reventa. También, el
código compartido y los acuerdos de arrendamiento para facilitar los
servicios de transportación aérea, incluido el establecimiento de estos
acuerdos con nacionales cubanos, decisión congruente con los acuerdos para facilitar los viajes de este tipo que ya habían negociado los dos países.
También, permite al personal que opera o brinda servicios en las
embarcaciones y aeronaves a realizar transacciones relacionadas con los
viajes a Cuba y otras para facilitar la estancia temporal de aviones y
embarcaciones autorizados por el Departamento de Comercio para
transportar viajeros entre Cuba y EEUU.
Bajo una política general de aprobación de licencias la Oficina de
Control de Activos Fijos (OFAC), ya se puede exportar a Cuba o hacer
viajes vinculados a medios profesionales o producciones artísticas de
información o materiales informativos para la exportación, importación,
transmisión, incluido la grabación o la producción de medios de
comunicación (como películas y programas de televisión), grabaciones de
música, y la creación de obras de arte en Cuba por parte de personas que
se empleen habitualmente o con experiencia profesional en los medios
profesionales o producciones artísticas.
La normativa permite pagar en virtud de contratos para la creación,
difusión o la modificación o mejora de los materiales informativos,
incluyendo el empleo de nacionales cubanos y el envío de las regalías o
pagos. Facilita además viajes para organizar reuniones y conferencias
profesionales en Cuba (la antigua licencia general solo incluía la
asistencia a eventos).
Finalmente, en cuanto a viajes, se permiten aquellos relacionados con
las competencias semi-profesionales y amateur de la Federación
Internacional de Deportes, incluidas las transacciones para estos fines,
y sus respetivos espectáculos públicos, clínicas, talleres y otros
competencias atléticas y no atléticas, así como las exhibiciones en
Cuba.
OFAC también elimina el requisito de que las ganancias obtenidas en
ciertos eventos deben ser donados a organizaciones específicas y que los
viajeros estadounidenses están obligados a participar en esos eventos.
En cuanto a proyectos humanitarios, se ampliará la lista de este tipo
autorizados, y ahora se añade la preparación y respuesta ante
desastres.
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